Tribunal Oral impuso medida de seguridad por 7 años a nieto que dio muerte a su abuelo en Los Andes

Tribunal Oral impuso medida de seguridad por 7 años a nieto que dio muerte a su abuelo en Los Andes

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Fue acusado por la fiscalía local por el delito de parricidio.

Una medida de seguridad por el lapso de 7 años determinaron imponer los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Los Andes en contra de D.C.O.P., de 23 años, al término del juicio desarrollado vía plataforma virtual y en el que la Fiscalía local lo acusó por el delito de parricidio tras haber dado muerte a su abuelo identificado como Manuel Iván Olivares Fernández, de 74 años.

La causa se remonta al lunes 3 de septiembre 2018, en un hecho ocurrido alrededor de las 23:35 horas al interior de la vivienda N° 160 del pasaje Abtao de la Villa La Gloria.

En la investigación desarrollada se determinó que el nieto llegó hasta el dormitorio donde se encontraba acostado su abuelo, al que comenzó a golpearlo con puños y pies. La esposa de la víctima, al sentir gritos de auxilio, fue hasta la pieza donde halló a su familiar sobre su cónyuge que estaba tendido en el piso, ejerciendo presión en el cuello y en el estómago, además de lanzarle agua a la cara con una botella de vidrio, impidiendo que respirara.

El joven posteriormente salió del domicilio y fue detenido durante la madrugada del martes por personal de Carabineros.

Mediante el examen de autopsia, el Servicio Médico Legal (SML) estableció como causa del deceso del adulto mayor una hemorragia supracraneana traumática atribuible a violencia de terceras personas, lesiones de tipo homicida y necesariamente mortales.

Respecto a la resolución del tribunal, el fiscal Jorge Alfaro explicó que en la investigación se pudo determinar que efectivamente el joven “estaba aquejado de una enfermedad psiquiátrica al sufrir esquizofrenia y se trataba de una persona que es inimputable, en términos que efectivamente le afecta una enfermedad; pero por la gravedad del hecho el Ministerio Público tomó la decisión de llevarlo a juicio requiriendo una medida de seguridad, que se impone a las personas que son anejadas mentales”.

Agregó que el motivo de la violenta agresión vino dada “precisamente por la situación de psicosis que afectaba al acusado al momento de cometer el hecho. Se estableció que fue la enfermedad mental la que determinó esta conducta y desde esa perspectiva fue lo que provocó, de alguna manera, esta conducta que deviene en este lamentable resultado”.

Indicó que en este caso los jueces, conociendo los hechos acogieron la solicitud del Ministerio Público quedando en internación en el Hospital Psiquiátrico Dr. Philippe Pinel de Putaendo por un tiempo de siete años y queda sujeto a la evolución médica que la persona vaya presentando con los tratamientos que le sean suministrados”.

Cabe hacer presente que el joven quedó privado de libertad desde el inicio de la investigación y una vez que se determinó la inimputabilidad fue enviado en internación provisoria al hospital psiquiátrico, en donde se mantiene a la fecha.

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